Articulo 1 de se establecen para 2025 las obligaciones de ahorro energético, el cumplimiento mediante Certificados de Ahorro Energético y la aportación mínima al Fondo Nacional de Eficiencia Energética
Primero. Obligaciones de ahorro de energía final y equivalencia financiera en 2025.
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1. Para el año 2025 se establece un objetivo de ahorro de energía final del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética de 500 ktep o 5.815 GWh.
2. La equivalencia financiera para el año 2025 se establece en 2,20 millones de euros por ktep ahorrado (2,20 MEUR/ktep), lo que equivale a 189.165,95 euros por GWh ahorrado (189.165,95 euros/GWh), en base al coste medio estimado para movilizar en todos los sectores de actuación las inversiones necesarias para alcanzar el objetivo anual de ahorro.
3. En el anexo I de la presente orden se establece la metodología empleada para asignar a cada uno de los sujetos obligados su cuota de ahorro y su equivalencia económica para el año 2025.
4. En el anexo II se establece, para cada uno de los sujetos obligados, sus respectivas cuotas de ahorro y equivalencia económica para el año 2025, resultantes de aplicar los criterios establecidos en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
Asimismo se establece, para aquellos sujetos obligados que no hubieran aportado datos conforme al artículo 70.2 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, sus respectivas cuota de ahorro y equivalencia económica para el año 2025 a partir de la información disponible en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y en la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES), sin perjuicio del régimen sancionador aplicable en su caso.
5. La obligación de ahorro es anual y devenga el 1 de enero de 2025, con independencia de la fecha de entrada en vigor de esta orden, y sin perjuicio de que el primer pago al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) deba realizarse a más tardar el 31 de marzo de 2025.
