Artículo 1 se establecen reducciones temporales de tarifas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025 en determinados servicios públicos de transporte que son competencia de la Generalitat
- Norma convalidada el 3 de julio de 2025. - Resolución 297/XI, del Pleno de Les Corts Valencianes, adoptada en la reunión del día 3 de julio de 2025, de convalidación del Decreto ley 9/2025, de 25 de junio, del Consell, por el cual se establecen reducciones temporales de tarifas de determinados servicios públicos de transporte competencia de la Generalitat entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025.
- Téngase en cuenta que el Decreto-ley 16/2025, de 26 de diciembre prorroga este Decreto-ley hasta el 30 de junio de 2026. Las referencias temporales contenidas en esta norma se entenderán adaptadas a la nueva fecha de vigencia establecida en el Decreto-ley 16/2025, de 26 de diciembre. - DECRETO LEY 16/2025, de 26 de diciembre, del Consell, por el que se prorrogan las reducciones temporales de tarifas en determinados servicios públicos de transporte que son competencia de la Generalitat hasta el 30 de junio de 2026.
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»Artículo 1. Objeto
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1. Constituye el objeto de esta norma el establecimiento para el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025 en el transporte público colectivo competencia de la Generalitat de reducciones temporales de tarifas habituales de los abonos de transporte y títulos multiviaje en al menos un 40 %, así como títulos multiviaje y abonos dirigidos a la población infantil y juvenil.
2. A los efectos, la tarifa habitual de los títulos con bonificaciones parciales o totales se corresponde con la tarifa vigente a 30 de junio de 2025 para cada origen-destino o, en su caso combinación zonal, que sea de aplicación en cada ámbito para los abonos y títulos multiviaje o, en su defecto, el billete sencillo.
