Articulo 1 Igualdad entre... La Mancha

Articulo 1 Igualdad entre Mujeres y Hombres de La Mancha

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Artículo 1. Objeto de la Ley.

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1. El objeto de esta Ley es promover las condiciones que hagan efectivo y real el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres y remover los obstáculos que impiden o dificultan su plenitud, en el ámbito de las competencias atribuidas a los poderes públicos de Castilla-La Mancha.

2. Asimismo, es objeto de esta Ley el establecimiento de medidas dirigidas a prevenir y combatir la discriminación por razón de sexo.

3. Se persiguen estos objetivos de la siguiente manera:

a) Regulando los principios de actuación de la Administración Regional en el ámbito de sus competencias.

b) Promoviendo la igualdad de género en las entidades públicas y privadas.

c) Estableciendo medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

d) Respetando la diferencia y la diversidad existente entre las mujeres y los hombres, y en los propios colectivos de mujeres.

e) Intensificando las medidas dirigidas a lograr la igualdad para aquellos colectivos en los que confluyan otras discriminaciones, además de por razón de sexo.

f) Adoptando medidas de acción positiva para compensar las desigualdades.