Articulo 1 Impuesto sobre...de Navarra

Articulo 1 Impuesto sobre el Patrimonio de Navarra

Ver Indice
»

Artículo 1. Régimen jurídico

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


El Impuesto sobre el Patrimonio se exigirá por la Comunidad Foral con sujeción a las normas del Convenio Económico a que se refiere el artículo 45 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, a lo dispuesto en esta Ley Foral, a las normas reglamentarias que se dicten en su desarrollo y demás disposiciones que sean de aplicación.