Articulo 1 incluye la Ketamina en el Anexo I del RD. 2829/197 -fabricación, distribución, prescripción y dispensación de sustancias y preparados psicotrópicos-
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»Artículo 1. Inclusión de la sustancia Ketamina en la lista IV del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre.
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Incluir la sustancia Ketamina en la lista IV del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, así como sus variantes estereoquímicas, racematos y sales, siempre que su existencia sea posible, siéndoles de aplicación las medidas de control y sanciones penales previstas para las sustancias que integran dicha lista de control.
