Articulo 1 Ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local
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»Artículo 1. Ambito de aplicación.
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El presente Decreto será de aplicación a los sistemas de acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, a los procesos selectivos y a la formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía.
En ausencia de normativa específica se estará a lo que establezca la normativa de función pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
