Articulo 1 Inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales
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»Artículo 1. Objeto.
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El objeto de este real decreto es regular las condiciones en que se deben realizar las inspecciones técnicas en carretera de los vehículos comerciales que circulen en el territorio nacional, con independencia de su Estado de matriculación, con el fin de mejorar la seguridad vial y el medio ambiente.
