Articulo 1 Integracion de las Personas Inmigrantes
Artículo 1. Objeto
1. La presente ley tiene por objeto establecer las medidas que faciliten la integración de las personas inmigrantes en la Comunitat Valenciana.
2. A los efectos de esta ley, la integración es un proceso en dos direcciones, que presupone tanto la voluntad de las personas inmigrantes de integrarse en la sociedad de acogida y su responsabilidad a la hora de llevar esta voluntad a la práctica, como la voluntad de la sociedad de acogida de aceptar e incluir a las personas inmigrantes. Con este proceso se pretende que las personas inmigrantes, procedentes de un ámbito cultural y geográfico diverso, adquieran las capacidades indispensables para poder relacionarse con la sociedad valenciana de acogida y sus instituciones en las mismas condiciones que cualquier otro ciudadano.

