Articulo 1 Junta de Contratación Pública y procedimientos y registros a su cargo
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»Artículo 1. Naturaleza y funciones de la Junta de Contratación Pública.
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1. La Junta de Contratación Pública es el órgano colegiado con independencia funcional y adscripción orgánica al Departamento competente en materia de economía que tiene como misión velar por el buen funcionamiento del sistema de contratación pública de las entidades citadas en el artículo 2 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos de Navarra.
2. En el desarrollo de sus funciones tiene garantizada plena autonomía funcional para cumplir adecuadamente sus fines. En ningún caso responderá a instrucciones jerárquicas.
Modificaciones
- Artículo modificado (1) por DECRETO FORAL 65/2014, de 27 de agosto, por el que se modifica el Decreto Foral 236/2007 de 5 de noviembre por el que se regula la Junta de Contratación Pública y los procedimientos y registros a su cargo.
(NA de 05-09-2014) en vigor desde 06-09-2014
