Articulo 1 -Junta Elector...s ausentes

Articulo 1 -Junta Electoral Central-, sobre garantia del ejercicio personal del voto por correo de los electores residentes ausentes

Ver Indice
»

1.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los electores residentes ausentes que voten por correo en las elecciones a Diputados, Senadores, miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y Diputados al Parlamento Europeo, deben incluir en el sobre a enviar a la Junta Electoral Provincial, junto al sobre o sobres de votación y el certificado de inscripción en el censo, fotocopia del pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, expedidos por las autoridades españolas, o en su defecto, certificación de nacionalidad expedida por el Consulado de España en el país de residencia.