Articulo 1 Ley General Penitenciaria

Articulo 1 Ley General Penitenciaria

Ver Indice
»

Artículo 1.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las Instituciones penitenciarias reguladas en la presente Ley tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad, así como la retención y custodia de detenidos, presos y penados.

Igualmente tienen a su cargo una labor asistencial y de ayuda para internos y liberados.