Articulo 1 Libro sexto del Código civil, relativo a las obligaciones y los contratos
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»Artículo 1. Objeto
Vigente
De conformidad con los artículos 3. f y 6 de la Ley 29/2002, de 30 de diciembre, primera ley del Código civil de Cataluña, la presente ley establece la estructura del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, regula los contratos de compraventa, de mandato y de permuta, y la modificación e incorporación de los contratos regulados por leyes especiales, y sustituye la Compilación del derecho civil de Cataluña.

