Articulo 1 en materia de inmigración extranjera, apatridia, protección internacional y retorno -Comisión Mixta Paritaria Generalidad - EE.LL.-
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»Artículo 1. Objeto, adscripción y régimen jurídico
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1.1 El objeto de este Decreto es la regulación de la composición, las funciones y el funcionamiento de la Comisión Mixta Paritaria Generalidad - Entes Locales en materia de inmigración extranjera, apatridia, protección internacional y retorno.
1.2 La Comisión Mixta queda adscrita a la Secretaría de Igualdad, Migraciones y Ciudadanía.
1.3 El régimen jurídico de la Comisión Mixta es lo que se establece en este Decreto, y en todo lo que este no regula, se deben aplicar las normas del capítulo II del título I de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, con la excepción de los artículos considerados de aplicación preferente por el artículo 13.1 de la misma Ley 26/2010.
