Articulo 1 Medidas Administrativas y Tributarias
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Artículo 1. Creación de la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

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1. Se crea la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como órgano técnico especializado en materia de contratación con dependencia orgánica de la Consejería competente en materia de Hacienda y adscrita a la Secretaría General de dicha Consejería.

2. La actuación de la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha debe ajustarse a los principios de igualdad, transparencia, no discriminación y eficiencia en el gasto. Sus instrucciones ponderarán la consecución de objetivos sociales, la protección del medio ambiente y el fomento de la innovación, cuando estén relacionadas con el objeto de los contratos y supongan directa o indirectamente una ventaja económica.

3. La composición, el ámbito de actuación, finalidad y funciones de la Oficina de Contratación serán reguladas mediante Decreto a propuesta de la Consejería competente en materia de Hacienda.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-05-2016 en vigor desde 31-05-2016