Articulo 1 Medidas para e...s públicos

Articulo 1 Medidas para el mantenimiento de los servicios públicos

Ver Indice
»

Artículo 1.- Medidas relativas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, se modifica en los términos siguientes.

1. El artículo 110-1 queda redactado como sigue:

Artículo 110-1.- Escala autonómica del impuesto.

La escala autonómica aplicable en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a partir de 1 de enero de 2016, será la siguiente:

B.L. hasta €

Cuota íntegra

Resto B.L.

TIPO

0

0

12.450,00

10,00%

12.450,00

1.245,00

7.750,00

12,50%

20.200,00

2.213,75

13.800,00

15,50%

34.000,00

4.352,75

16.000,00

19,00%

50.000,00

7.392,75

10.000,00

21,00%

60.000,00

9.492,75

10.000

22,00%

70.000,00

11.692,75

20.000,00

22,50%

90.000,00

16.192,75

40.000,00

23,50%

130.000,00

25.592,75

20.000,00

24,50%

150.000,00

30.492,75

en adelante

25,00%

2. El artículo 110-15 queda sin contenido.