Artículo 1 Medidas para la mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de Madrid
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»Artículo 1. Modificación de la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid
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Se adiciona un apartado 5 al artículo 4, con la siguiente redacción:
«5. En los supuestos del artículo 12.2.c), las competencias para la ordenación, gestión, inspección y sanción de los servicios urbanos de transporte público de viajeros podrán ser ejercidas por otras entidades locales existentes o creadas al efecto para la Gestión del Área Territorial de Prestación Conjunta».
