Articulo 1 Medidas de simplificacion administrativa para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales
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»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
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1. El objeto de la presente Ley Foral es la regulación de un conjunto de medidas de simplificación administrativa que faciliten a las personas físicas o jurídicas la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
2. La presente Ley Foral se aplicará, entre otras cuestiones, a los procesos de información, asesoramiento en la tramitación y resolución administrativa que afecte a proyectos de implantación empresarial o de adecuación y ampliación de actividades que permitan impulsar la economía y el empleo en la Comunidad Foral de Navarra, y dinamizar el modelo productivo.
3. Esta Ley Foral no se aplicará al ámbito tributario.
