Articulo 1 Medidas Tributarias Urgentes -Derogado-
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(DEROGADO)
Las disposiciones contenidas en este capítulo tienen por objeto el ejerci cio de las competencias normativas que atribuye a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la Ley 28/2010, de 16 de julio, de régimen de cesión de tribu tos del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de fijación del alcance y las condiciones de la cesión, en los casos y condiciones que prevé la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 3/2012, de 30 de abril, de medidas tributarias urgentes
(PM de 12-05-2012) en vigor desde 13-05-2012
