Articulo 1 Medidas urgentes en el ámbito tributario y financiero
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»Artículo 1. Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica.
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1. (Derogado)
2. Las mismas tarifas del apartado anterior se deben aplicar a la liquidación del impuesto correspondiente en el ejercicio devengado el 31 de diciembre de 2021.
Modificaciones
- Artículo modificado (apdo. 1 se deroga) por Ley 11/2026, de 9 de julio, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público (GC de 13-07-2026) en vigor desde 14-07-2026
