Articulo 1 Medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda
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»Artículo 1. Directriz para el planeamiento urbanístico en materia de vivienda
Vigente
Se modifica el apartado 1 del artículo 16 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, que queda redactado de la manera siguiente:
1. El planeamiento urbanístico, en coherencia con las determinaciones de la planificación y la programación en materia de vivienda, tiene que calificar en el medio urbano suelo adecuado y suficiente para el uso de vivienda destinado al domicilio habitual de la población residente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2019 en vigor desde 31-12-2019