Articulo 1 Memoria económica e informe en actuaciones con incidencia económico-financiera
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
El presente Decreto tiene por objeto determinar las actuaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus Organismos Autónomos en las que serán preceptivos la elaboración de una memoria económica y el informe de la Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía y Hacienda sobre su incidencia económicofinanciera. Asimismo, se establecen determinadas reglas relativas al contenido y tramitación de la memoria económica y del informe económicofinanciero.