Articulo 1 Memoria Histór... de C León

Articulo 1 Memoria Histórica y Democrática de C. León

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Artículo 1. Objeto.

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1.- En el marco del Estatuto de Autonomía de Castilla y León que establece como principio rector de las políticas públicas la promoción de la cultura de la paz, de la tolerancia, del respeto y del civismo democráticos, este decreto tiene por objeto el reconocimiento a todos los ciudadanos que padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura franquista y a sus familias, así como a todos aquellos ciudadanos y entidades que llevan a cabo actuaciones dirigidas al conocimiento de nuestra historia y al fomento de la memoria democrática.

2.- Constituye también el desarrollo normativo necesario para dar cumplimiento adecuado por los poderes públicos de Castilla y León a las obligaciones que establece la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.