Articulo 1 Memoria y reconocimiento democráticos
- Norma derogada desde el 26 de marzo de 2026 - Ley 1/2026, de 24 de marzo, de derogación de la Ley 2/2018, de 13 de abril, de memoria y reconocimiento democráticos de las Illes Balears
- Por interposición del Recurso de inconstitucionalidad n.º 4344-2026, contra la Ley 1/2026, de 24 de marzo,que derogaba la presente ley, se levanta la derogación de la misma y vuelve a estar vigente, ya que se invocó el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados. - Recurso de inconstitucionalidad n.º 4344-2026, contra la Ley 1/2026, de 24 de marzo, de derogación de la Ley 2/2018, de 13 de abril, de memoria y reconocimiento democráticos de las Illes Balears.
Artículo 1. Objeto
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La presente ley tiene por objeto:
1. Establecer políticas públicas de memoria democrática, es decir, todas aquellas políticas para garantizar la reparación de aquellas personas, grupos y colectivos que sufrieron represión durante la guerra civil y la dictadura franquista, y para reconocer la contribución de todas aquellas personas, grupos y colectivos que desde diferentes ideologías han contribuido a la democracia.
2. Velar por el conocimiento y la difusión de la historia de las Illes Balears durante la II República, la Guerra Civil, la Dictadura franquista, la Transición y la entrada en vigor del Estatuto de Autonomía en el año 1983, como legado cultural de las Illes Balears.
3. Garantizar que los espacios de convivencia sean espacios para la cultura democrática y la concordia, así como reconocer la tarea de las entidades memorialistas y asociaciones de víctimas para restituir la memoria de las víctimas y reclamar justicia.
4. Rechazar e impedir cualquier manifestación que suponga un reconocimiento del franquismo o una exaltación de la sublevación militar, la Dictadura franquista o el mismo dictador.
