Articulo 1 Modificación 2021 del IVA y del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica
Artículo 1. Tipo impositivo aplicable del Impuesto sobre el Valor Añadido a determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica.
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Con efectos desde el 26 de junio de 2021 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, se aplicará el tipo del 10 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica efectuadas a favor de:
a) Titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada (término fijo de potencia) sea inferior o igual a 10 kW, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, cuando el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 euros/MWh.
b) Titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
(NOTA: La aplicación del tipo impositivo del 10 por ciento del Impuesto sobre el Valor añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica, prevista en el presente artículo, se prorroga hasta el 30 de junio de 2022)
- Modificación realizada (1 (se prorroga)) por DECRETO FORAL LEGISLATIVO 2/2022, de 13 de abril, de Armonización Tributaria, por el que se prorrogan determinadas medidas en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido y con el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica.
(NA de 22-04-2022) en vigor desde 23-04-2022 - Artículo modificado (1 (se prorroga)) por DECRETO FORAL LEGISLATIVO 1/2022, de 2 de febrero, de Armonización Tributaria, por el que se modifica el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica.
(NA de 08-02-2022) en vigor desde 09-02-2022
