Articulo 1 Modificación de determinadas Normas Técnicas de Auditoría y del Glosario de términos
Primero. Publicación.
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Se acuerda la publicación de la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría, adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría revisadas correspondientes a los números 260, 510, 570, 700, 705, 706, 720 y 805, la nueva Norma internacional de Auditoría 701 y la modificación del Glosario de términos en la nota aclaratoria a la definición de «responsables del gobierno de la entidad». Se ordena, asimismo, su publicación íntegra en el Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y en la página de Internet de dicho Instituto www.icac.mineco.es, así como la inserción del texto de la presente Resolución mediante la oportuna reseña en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 del Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas.
(NOTA: Se modifica la la Norma Técnica de Auditoría «Responsabilidades del auditor con respecto a otra información», NIA-ES 720 (revisada), pudiendo consultarse en la sede y en la página de Internet del ICAC; www.icac.meh.es; y en la sede de las Corporaciones representativas de auditores de cuentas, así como en el boletín oficial del citado Instituto)
- Artículo modificado (Primero (NIA-ES 720)) por Resolución de 27 de octubre de 2020, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que publica la Norma Técnica de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, 'Auditoría de estimaciones contables y de la correspondiente información a revelar', y la modificación de la Norma Técnica de Auditoría 'Responsabilidades del auditor con respecto a otra información'.
(BOE de 12-11-2020) en vigor desde 01-01-2020
