Articulo 1 Modificación de la Ley 2/2009, de 12 de febrero, del Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña
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»Artículo 1. Modificación del artículo 16 de la Ley 2/2009.
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Se modifica la letra b del apartado 1 del artículo 16 de la Ley 2/2009, de 12 de febrero, del Consejo de Garantías Estatutarias, que queda redactada de la siguiente forma:
"b) La adecuación al Estatuto y a la Constitución de los proyectos y proposiciones de ley sometidos a la aprobación del Parlamento, incluidos aquellos tramitados en lectura única."
