Articulo 1 Municipal y de régimen local
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»Artículo 1. Organización territorial.
Vigente
La comunidad autónoma de las Illes Balears articula su organización territorial en islas y municipios. Las instituciones de gobierno de las islas son los consejos y las de los municipios los ayuntamientos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2006 en vigor desde 31-12-2006