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Articulo 1 Normas para que los empleados públicos de la Administración del Estado puedan participar en las elecciones

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Los empleados públicos que presten sus servicios el día de las elecciones pueden disponer en su horario laboral de hasta cuatro horas libres para el ejercicio del derecho de voto, que serán retribuidas. Cuando el servicio se preste en jornada reducida, se llevará a cabo una reducción proporcional del permiso.