Articulo 1 Normas para la...8 del IRPF

Articulo 1 Normas para la presentación de las declaraciones 2008 del IRPF

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Artículo 1. º Obligados a declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

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1. Están obligados a presentar declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por los períodos impositivos correspondientes al año 2008 los sujetos pasivos que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.º del Convenio Económico, tengan su residencia habitual en Navarra y obtengan rentas sujetas y no exentas al mismo.

2. Los sujetos pasivos que estén integrados en una unidad familiar podrán optar por presentar la declaración de forma conjunta, con arreglo a lo dispuesto en el Título VI del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Los sujetos pasivos que no compongan una unidad familiar y aquéllos que, componiéndola, no opten por la sujeción conjunta al Impuesto, no tendrán obligación de declarar cuando obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes.

a) Rendimientos íntegros del trabajo inferioresa 11.250 euros anuales.

b) Rendimientos íntegros del capital mobiliario e incrementos de patrimonio, sometidos a retención o ingreso a cuenta que conjuntamente sean inferiores a 1.600 euros anuales.

No obstante, los sujetos pasivos que no estén obligados a presentar declaración y que hayan soportado retenciones e ingresos a cuenta o hayan satisfecho pagos fraccionados que superen la cuota líquida podrán solicitar la devolución de la cantidad resultante mediante la presentación de la declaración del Impuesto.