Artículo 1. ORDEN de 2 de junio de 2026, Galicia, llevanza de los libros registro y el deber de información de las personas mediadoras de seguros y reaseguros privados
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La presente orden tiene por objeto regular la obligación de llevanza de los libros registro de las personas corredoras de seguros y las obligaciones contables, de formación y de información estadístico-contable conforme a la normativa estatal en vigor de las personas mediadoras de seguros y reaseguros privados inscritas en el Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros de la Comunidad Autónoma de Galicia.
