Artículo 1.ORDEN BSF/91/2026, de 22 de enero
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»Artículo 1. Cuantía de la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital durante el año 2026.
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Durante el año 2026, la cuantía garantizada, en cómputo mensual, de la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital queda fijada, en el supuesto de una persona beneficiaria individual, en 802 euros, con efectos desde el 1 de enero del año 2026.
A las unidades de convivencia compuestas por más de un beneficiario se les aplicará, sobre la base de la cuantía correspondiente a una persona beneficiaria individual, la escala fijada en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.
El pago de la prestación se realizará por mensualidades vencidas.
