Articulo 1 ordenación general de la formación profesional del sistema educativo
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»Artículo 1. Objeto.
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1. El objeto de este real decreto es establecer la ordenación general de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo.
2. La formación profesional del sistema educativo se define como el conjunto de acciones formativas que tienen por objeto la cualificación de las personas para el desempeño de las diversas profesiones, para su empleabilidad y para la participación activa en la vida social, cultural y económica.
