Articulo 1 Ordenación del territorio de Galicia
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»Artículo 1. Objeto de la ley
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La presente ley tiene por objeto, al amparo de la competencia autonómica en materia de ordenación del territorio y dentro del obligado respeto a las competencias de las restantes administraciones, establecer los principios objetivos y criterios básicos y regular los instrumentos necesarios para la articulación de la política territorial y la ordenación del espacio físico en la Comunidad Autónoma de Galicia.
