Articulo 1 Ordenación del turismo en Euskadi
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»Artículo 1. Objeto.
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La presente ley tiene como objeto la regulación del sector turístico de la Comunidad Autónoma del País Vasco y el establecimiento de los principios y criterios a los que habrá de acomodarse la acción administrativa en lo concerniente a la planificación, promoción y fomento de la actividad turística.
