Articulo 1 Organización y Funcionamiento del Registro de Policías Locales, Datos Identificativos y Marco para el Tratamiento de los Datos de Carácter Personal
Artículo 1. Objeto.
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1. El presente Decreto tiene como objeto regular la organización, el funcionamiento, el régimen de inscripción, el contenido y las condiciones de acceso a los datos del Registro de Policías Locales de Aragón, así como los distintivos que acreditan esta condición a las personas inscritas en el mismo, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 19 de la Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón.
2. Asimismo, el presente Decreto establece el marco normativo en el que se debe producir el tratamiento de los datos de carácter personal que consten en el Registro de Policías Locales de Aragón, de acuerdo con la normativa de protección de datos de carácter personal.
