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Articulo 1 Participación institucional de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas

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Artículo 1. Objeto

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1. El objeto de la ley es la regulación del marco de la participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en todas las entidades públicas y los organismos públicos integrados en el sistema institucional autonómico de las Illes Balears, que tengan atribuidas competencias en materia laboral, social o económica que afecten a los intereses económicos y sociales de la población laboral, de las empresas y de la ciudadanía en general.

2. A los efectos de la ley, se entiende por participación institucional el ejercicio de tareas y actividades de defensa y promoción, por parte de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, de los intereses generales que correspondan a todas las personas trabajadoras y a las empresas, en el seno de la administración autonómica y sus organismos y entidades públicas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-03-2011 en vigor desde 01-04-2011