Articulo 1 Permisos retri...las Cortes

Articulo 1 Permisos retribuidos a personas al servicio de la Administración que presenten su candidatura a las Cortes

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Las personas al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que presenten su candidatura como representante en las Cortes de Aragón o como miembro de las entidades municipales de su territorio durante 2023, podrán disfrutar de un permiso adecuado para el desarrollo de la actividad electoral correspondiente durante el tiempo que dure la campaña electoral, con base en lo establecido en el artículo 48.j) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el artículo 6.2.a).j) del Acuerdo de 5 de septiembre de 2006, del Gobierno de Aragón, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario que presta sus servicios en el ámbito sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, publicado por Orden de 6 de septiembre de 2006, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, y la normativa sectorial complementaria, así como en el artículo 37.3.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el artículo 14.2.a).j) del VII Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.