Articulo 1 Plan de Inversiones Locales
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»Artículo 1. Objeto, finalidad y ámbito temporal.
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1. Es objeto de la presente ley foral la regulación de la distribución del importe del Fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra, en la parte de transferencias de capital, a través de los Planes de Inversiones Locales.
2. La finalidad principal de la norma es garantizar la cobertura, en todo el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, de los servicios municipales obligatorios.
3. Esta ley foral regula la programación temporal del Plan de Inversiones Locales durante los ejercicios 2022, 2023, 2024, 2025, 2026, 2027 y 2028, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria primera de la presente ley foral.
