Articulo 1 Planificación ...s de Juego

Articulo 1 Planificación de Determinados Establecimientos de Juego

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Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

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1. El presente Decreto tiene por objeto la planificación de determinados establecimientos de juego en el territorio de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las competencias establecidas en el artículo 2.1.b) de la Ley 6/2001, de 3 de julio, del Juego en la Comunidad de Madrid.

2. La planificación establecida en el presente Decreto será de aplicación a los salones de juego y a los locales específicos de apuestas.