Articulo 1 Prestación de los servicios aeroportuarios de asistencia en tierra
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»Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Vigente
Este Real Decreto tiene por objeto regular la prestación de los servicios de asistencia en tierra en los aeropuertos de interés general.
Modificaciones
- Artículo modificado por REAL DECRETO 99/2002, de 25 de enero, por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 1161/1999, de 2 de julio, por el que se regula la prestación de los servicios aeroportuarios de asistencia en tierra.
(BOE de 06-02-2002) en vigor desde 07-02-2002

