Articulo 1 Presupuestaria de las Entidades Locales del THB
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»Artículo 1. Ámbito de Aplicación
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La presente Norma Foral se aplicará en todo el Territorio Histórico a las entidades locales, y sus organismos autónomos y entidades públicas empresariales y a las sociedades públicas de aquellas dependientes.
Asimismo será de aplicación teniendo en cuenta sus especificaciones a las entidades de ámbito inferior al Municipio.
Se consideran Sociedades Públicas de las entidades locales a efectos de su régimen presupuestario y contable, a aquéllas en las que la Entidad participa en proporción superior al 50% de su capital o fondo social.
Modificaciones
- Artículo modificado (1) por NORMA FORAL 2/2015, de 3 de febrero, de racionalización y sostenibilidad financiera de las Entidades Locales de Bizkaia.
(BI de 10-02-2015) en vigor desde 11-02-2015
