Articulo 1 Presupuestos 2012 Aragón
Artículo 1. -Aprobación y contenido.
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Por la presente Ley se aprueban los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio económico del año 2012, integrados por.
1. El presupuesto de la Comunidad Autónoma, en cuyo estado letra A de Gastos se conceden los créditos necesarios para atender al cumplimiento de sus obligaciones, por un importe de CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO euros Y VEINTIOCHO CÉNTIMOS.
2. El presupuesto del organismo autónomo Instituto Aragonés de la Mujer, en cuyo estado de gastos se consignan créditos por un importe de TRES MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTISIETE euros Y CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS, y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
3. El presupuesto del organismo autónomo Instituto Aragonés de la Juventud, en cuyo estado de gastos se consignan créditos por un importe de OCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS euros Y NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS, y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
4. El presupuesto del organismo autónomo Instituto Aragonés de Servicios Sociales, en cuyo estado de gastos se consignan créditos por un importe de TRESCIENTOS VEINTISIETE MILLONES SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES euros Y DIECINUEVE CÉNTIMOS, y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
5. El presupuesto del organismo autónomo Servicio Aragonés de Salud, en cuyo estado de gastos se consignan créditos por un importe de MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE euros Y TREINTA Y DOS CÉNTIMOS, y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
6. El presupuesto del organismo autónomo Instituto Aragonés de Empleo, en cuyo estado de gastos se consignan créditos por un importe de CIENTO VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTINUEVE euros Y ONCE CÉNTIMOS, y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
7. El presupuesto del ente público Instituto Aragonés de Fomento, cuyos estados de dotaciones y recursos aparecen equilibrados por un importe de CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIDÓS euros.
8. El presupuesto del ente público Instituto Tecnológico de Aragón, cuyos estados de dotaciones y recursos aparecen equilibrados por un importe de DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS MIL euros.
9. El presupuesto del ente público Instituto Aragonés del Agua, cuyos estados de dotaciones y de recursos aparecen equilibrados por un importe de SESENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE euros Y SETENTA CÉNTIMOS.
10. El presupuesto del ente público Entidad Pública Aragonesa de Servicios Telemáticos, cuyos estados de dotaciones y recursos aparecen equilibrados por un importe de NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTE euros.
11. El presupuesto del ente público Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, cuyos estados de dotaciones y recursos aparecen equilibrados por un importe de TRECE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHO euros Y OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS.
12. El presupuesto del ente público Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, cuyos estados de dotaciones y recursos aparecen equilibrados por un importe de ONCE MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE euros.
13. El presupuesto del ente público Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, cuyos estados de dotaciones y recursos aparecen equilibrados por un importe de SEIS MILLONES UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE euros Y SESENTA Y TRES CÉNTIMOS.
14. El presupuesto del ente público Banco de Sangre y Tejidos, cuyos estados de dotaciones y recursos aparecen equilibrados por un importe de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS euros.
15. El presupuesto del ente público Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, cuyos estados de dotaciones y recursos aparecen equilibrados por un importe de CINCUENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO euros Y TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS.
16. El presupuesto del ente público Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria, cuyos estados de dotaciones y recursos aparecen equilibrados por un importe de CUATROCIENTOS VEINTIÚN MIL QUINIENTOS VEINTICINCO euros.
17. Los presupuestos de las empresas de la Comunidad Autónoma a las que se refiere el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como de las fundaciones y consorcios a los que se refiere el artículo 8 del mismo texto legal, se relacionan en Anexo unido a la presente Ley. Se consignan los estados de recursos y dotaciones, con las correspondientes estimaciones de cobertura financiera y evaluación de necesidades para el ejercicio, tanto de explotación como de capital, así como los importes resultantes de sus respectivos estados financieros, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 34.c) del referido Texto Refundido.
18. La financiación de los créditos a los que se refiere el punto 1 se efectúa con.
a) Los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, que se detallan en el estado letra B de Ingresos, estimados por un importe de CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA euros Y SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS.
b) El importe de las operaciones de endeudamiento recogidas por el artículo 34 de esta Ley.
