Articulo 1 Presupuestos 2012 I Balears

Articulo 1 Presupuestos 2012 I. Balears

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Artículo 1. Créditos iniciales

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1. Se aprueban los presupuestos para el ejercicio de 2012 de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de las entidades que dependen de ella:

a) Para la ejecución de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de sus organismos autónomos para el ejercicio de 2012, se aprue ban créditos para gastos de los capítulos económicos 1 a 7 por un importe de 3.107.733.290 euros, y del capítulo económico 8 por un importe de 6 euros.

La estimación de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio, detallados en el estado de ingresos, asciende a 2.752.507.510 euros, con respecto a los capítulos 1 a 7, y a 225.786 euros, con respecto al capítulo 8.

b) Para la amortización de los pasivos financieros, se aprueban créditos para gastos del capítulo 9 por un importe de 567.169.026 euros.

c) Se aprueban los presupuestos para el ejercicio de 2012 de las entidades públicas empresariales a las que se refiere el artículo 2.1.b) de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y del resto de entidades de derecho público creadas por ley, cuyos estados de gastos y de ingresos ascienden a 397.212.804 euros, que se ejecuta rán, controlarán y liquidarán de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

d) Se aprueban los presupuestos para el ejercicio de 2012 de las socieda des mercantiles públicas a las que se refiere el artículo 2.1.c) de la Ley 7/2010, cuyos estados de gastos y de ingresos ascienden a 77.471.742 euros, que se eje cutarán, controlarán y liquidarán de acuerdo con lo establecido en Decreto Legislativo 1/2005.

e) Se aprueban los presupuestos para el ejercicio de 2012 de las fundacio nes del sector público a las que se refiere el artículo 2.1.d) de la Ley 7/2010, cuyos estados de gastos y de ingresos ascienden a 53.685.136 euros, que se eje cutarán, controlarán y liquidarán de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2005.

2. Se aprueban los presupuestos para el ejercicio de 2012 del ente público Servicio de Salud de las Illes Balears y de las entidades que dependen del mismo:

a) Para la ejecución de los presupuestos del Servicio de Salud de las Illes Balears para el ejercicio de 2012, se aprueban créditos para gastos de los capí tulos económicos 1 a 7 por un importe de 1.185.662.199 euros. Para la amorti zación de los pasivos financieros, se aprueban créditos para gastos del capítulo 9 por un importe de 1.875.000 euros.

La estimación de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio, detallados en el estado de ingresos, asciende, con respecto a los capítulos 1 a 7, a 1.187.537.199 euros.

Estos estados de gastos y de ingresos se ejecutarán, controlarán y liquida rán de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2005 y en la nor mativa complementaria que sea aplicable.

b) Se aprueban los presupuestos para el ejercicio de 2012 de la entidad de derecho público Gestión Sanitaria de Mallorca (GESMA) dependiente del Servicio de Salud de las Illes Balears, cuyos estados de gastos y de ingresos ascienden a 40.651.763 euros, que se ejecutarán, controlarán y liquidarán de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2005 y en la normativa complementaria que sea de aplicación.

c) Se aprueban los presupuestos para el ejercicio de 2012 de las fundacio nes públicas sanitarias a las que se refiere el artículo 1 de la Ley 1/2011, de 24 de febrero, de transformación de fundaciones del sector público sanitario de las Illes Balears y de determinación del régimen jurídico de las fundaciones públi cas sanitarias, dependientes del Servicio de Salud de las Illes Balears, cuyos estados de gastos y de ingresos ascienden a 218.500.547 euros, que se ejecuta rán, controlarán y liquidarán de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2005 y en la normativa complementaria que sea de aplicación.

3. Se aprueban los presupuestos para el ejercicio de 2012 de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, con unos créditos para gastos de los capítulos económicos 1 a 7 por un importe de 10.270.490 euros.

La estimación de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio, detallados en el estado de ingresos, asciende, con respecto a los capítulos 1 a 7, a 10.270.490 euros.

Estos estados de gastos y de ingresos se ejecutarán, controlarán y liquida rán de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2005 y en la nor mativa complementaria que sea de aplicación.