Artículo 1 prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario
Artículo 1. Objeto y fines de la ley.
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1. La presente ley tiene por objeto la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio de alimentos por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria, estableciendo una jerarquía de prioridades de solución y dando respuesta al objetivo sobre el sistema alimentario de producción y consumo responsables de la Agenda 2030.
2. Son fines específicos de esta ley:
a) Disminuir las pérdidas y el desperdicio de alimentos a lo largo de la cadena agroalimentaria, mediante una gestión más eficiente de los recursos, promoviendo así la economía circular.
b) Definir de forma clara qué se entiende por pérdidas y desperdicio de alimentos, de forma integral en toda la cadena agroalimentaria y en cada uno de sus eslabones.
c) Fomentar la donación y redistribución de alimentos garantizando la seguridad alimentaria y la trazabilidad.
d) Analizar en profundidad las causas y las consecuencias de las pérdidas y desperdicio de alimentos, favoreciendo la investigación e innovación en el ámbito de la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
e) Progresar en la medición cuantitativa y cualitativa, rigurosa y actualizada periódicamente, del desperdicio de alimentos que se generan en los diferentes eslabones de nuestro sistema alimentario, con base en una metodología común que permita estudios comparativos entre municipios y comunidades autónomas, así como en el ámbito de la Unión Europea e internacional. Las comunidades autónomas podrán prever en su normativa la obligación de que sus autoridades competentes procedan a realizar tales mediciones en su respectivo ámbito territorial.
f) Sentar las bases para que las entidades de iniciativa social, a otras organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios de distribución para la donación de alimentos y al resto de agentes implicados, puedan recibir los medios y los recursos públicos necesarios para costear la logística que se precise, incluyendo el transporte, la transformación y el almacenamiento, para que los alimentos no comercializados puedan ser aprovechados a través de la donación.
g) Incorporar en el conjunto de nuestro ordenamiento jurídico la coherencia con el objetivo de reducir las pérdidas y desperdicio de alimentos.
h) Dar respuesta al objetivo sobre producción y consumo responsables de la Agenda 2030, reduciendo la generación de residuos alimentarios en la producción primaria, en la transformación y la fabricación, en la venta minorista y otros tipos de distribución de alimentos, en restaurantes y servicios de comidas, así como en los hogares, de forma que se logre una reducción del 50?% de los residuos alimentarios per cápita en el plano de la venta minorista y de los consumidores y una reducción del 20?% de las pérdidas de alimentos a lo largo de las cadenas de producción y suministro para 2030, respecto a 2020, como contribución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas.
i) Promover la rendición de cuentas de todos los agentes de la cadena alimentaria respecto a las pérdidas y desperdicio de alimentos, así como el aprendizaje respecto de los procesos de prevención y reducción.
j) Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y de otros contaminantes.
k) Establecer la jerarquía de prioridades que deben tener en cuenta los operadores de la cadena, en la gestión de las pérdidas y el desperdicio alimentario, cuya generación no haya podido evitarse.
l) Sensibilizar, formar e informar a los agentes de la producción, transformación, distribución, hostelería, restauración, personas consumidoras y ciudadanía en general y favorecer actividades de concienciación en el ámbito de la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario y una gestión adecuada de los alimentos y sus residuos, sin perjuicio de las necesarias garantías de seguridad, calidad e higiene de los alimentos.
3. Son estrategias para la consecución de los fines de la ley:
a) Sensibilizar e informar a los agentes de la cadena alimentaria y otros proveedores de servicios alimentarios, personas consumidoras y ciudadanía en general.
b) Fomentar la distribución para la donación de alimentos garantizando la seguridad alimentaria y la trazabilidad.
c) Promover la recuperación y distribución de excedentes de alimentos para la donación con fines de solidaridad social, asignándolos como prioridad para uso humano.
d) Favorecer la investigación e innovación y actividades de concienciación en el ámbito de la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
