Articulo 1 Prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
El objeto de la presente Ley es la ordenación y regulación generales de las actuaciones públicas de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios. Estas actuaciones constituyen el sistema de prevención y seguridad en materia de incendios en Cataluña.

