Articulo 1 Procedimiento y condiciones para la domiciliación del pago de deudas a través de entidades de crédito colaboradoras en la gestión recaudatoria de la AEAT
- Todas las referencias realizadas a las «entidades de crédito» deberán considerarse efectuadas a los «proveedores de servicios de pago» contemplados en los puntos a), b) y c) del art. 5 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, así como al Banco de España, en su condición de entidad colaboradora en la gestión recaudatoria estatal. - Orden HAC/241/2025, de 10 de marzo, por la que se modifican la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; y la Orden de 4 de junio de 1998, por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública.
- Todas las referencias hechas a la Oficina Virtual de la dirección electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, deberán considerarse efectuadas a la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. - Orden HFP/387/2023, de 18 de abril, por la que se modifica la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliacion del pago de determinadas deudas a traves de cuentas abiertas en las entidades de credito que prestan el servicio de colaboracion en la gestion recaudatoria de la Agencia Estatal de Administracion Tributaria.
- Con efectos de 1 de abril de 2023 se modifica la denominación de la presente norma. - Orden HFP/387/2023, de 18 de abril, por la que se modifica la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliacion del pago de determinadas deudas a traves de cuentas abiertas en las entidades de credito que prestan el servicio de colaboracion en la gestion recaudatoria de la Agencia Estatal de Administracion Tributaria.
Artículo 1. Deudas cuyo pago puede ser domiciliado.
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Los obligados al pago podrán utilizar la domiciliación bancaria como medio de pago de las deudas resultantes de:
a) Las autoliquidaciones que se relacionan en el anexo I, siempre que la presentación de las mismas se lleve a cabo por vía telemática a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (https://www.agenciatributaria.gob.es), siempre que la presentación se realice dentro de los plazos a los que se refiere el apartado 2 del artículo 3 de esta orden, incluso cuando las autoliquidaciones que se presenten en dichos plazos sean rectificativas.
b) Los aplazamientos y fraccionamientos de pago concedidos por los órganos competentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o por los de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
En los casos de fraccionamiento del pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en los términos previstos en el artículo 62.2 del Reglamento del Impuesto, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, la domiciliación del pago del importe correspondiente al segundo plazo también podrá ser efectuada por el sujeto pasivo según el procedimiento y las condiciones que pudiera establecer en cada momento la normativa reguladora del mencionado tributo.
- Modificación realizada (1 (letra a)) por Orden HAC/241/2025, de 10 de marzo, por la que se modifican la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; y la Orden de 4 de junio de 1998, por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública.
(BOE de 14-03-2025) en vigor desde 15-03-2025 - Artículo modificado (1) por Orden HAC/350/2019, de 5 de marzo, por la que se modifica la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
(BOE de 28-03-2019) en vigor desde 29-03-2019
