Articulo 1 Procedimiento para el reconocimiento de la condición de familia numerosa y su categoría, la expedición, renovación, modificación o revocación del título y del carné de familia numerosa
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»Artículo 1. Objeto.
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El objeto de este decreto es la regulación del procedimiento para el reconocimiento de la condición de familia numerosa y su categoría correspondiente, así como la expedición, renovación, modificación y revocación del título y de los carnés que acreditan dicha condición y categoría en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
