Articulo 1 proteccion de ...ntercambio

Articulo 1 proteccion de los consumidores con respecto a determinados aspectos de los contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turistico, de adquisicion de productos vacacionales de larga duracion, de reventa y de intercambio

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Artículo 1. Objetivo y ámbito de aplicación

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1. El objetivo de la presente Directiva es contribuir al co rrecto funcionamiento del mercado interior y lograr un elevado nivel de protección de los consumidores mediante la aproxima ción de las disposiciones legales, reglamentarias y administrati vas de los Estados miembros con respecto a determinados as pectos de la comercialización, venta y reventa de derechos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico y de productos vacacionales de larga duración, así como a los contra tos de intercambio.

2. La presente Directiva es aplicable a las transacciones entre comerciantes y consumidores.

La presente Directiva se entiende sin perjuicio de la legislación nacional relativa:

a) a las vías de recurso generales en materia de Derecho contractual;

b) al registro de bienes inmuebles o muebles y a la transmisión de bienes inmuebles;

c) a las condiciones de establecimiento, a los regímenes de autorización o a los requisitos para la concesión de licencias; y (1) DO L 177 de 4.7.2008, p. 6.

(2) DO L 12 de 16.1.2001, p. 1.

(3) DO C 321 de 31.12.2003, p. 1.

d) a la determinación de la naturaleza jurídica de los derechos que son objeto de los contratos cubiertos por la presente Directiva.