Articulo 1 Protección de datos de carácter personal en la Junta
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»Artículo 1. Ámbito de aplicación.
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Este Decreto será de aplicación a todos los ficheros con datos de carácter personal registrados en soporte físico, así como a toda modalidad de uso posterior de los mismos, sobre los que tenga competencia la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y que estén sujetos a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. A estos efectos, se entiende por administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
a) La administración regional
b) Los organismos autónomos adscritos a la administración regional
c) El resto de entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes, cuando ejerzan potestades administrativas.
