Articulo 1 RealDecreto-ley5/2011,de29deabril,demedidasparalaregularizaciónycontroldelempleosumergidoyfomentodelarehabilitacióndeviviendas.
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»Artículo 1. Proceso voluntario de regularización.
Vigente
Los empresarios que ocupen trabajadores de manera irregular por no haber solicitado su afiliación inicial o alta en la Seguridad Social, podrán regularizar la situación de los mismos desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley y hasta el 31 de julio de 2011, de conformidad con lo previsto en este capítulo.

